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Ley N° 32077 publicada el 2 de julio del 2024

Foto del escritor: Brenda PedreschiBrenda Pedreschi

Mediante Ley N° 32077 publicada el 2 de julio del 2024, se establece la retención del monto total de la garantía de fiel cumplimiento como alternativa a la obligación de presentar una fianza, siendo el ámbito de aplicación las MYPES que postulan a una convocatoria pública de servicio, consultoría y obras, ya sea de forma individual o como integrante de un consorcio.

Así mismo la aplicación de la Ley es tanto para los procesos convocados sin buena pro, para lo cual la entidad deberá comunicar en el acta de otorgamiento de buena pro, así como los procesos que cuenten con buena pro, comunicación que se realizará por la Entidad hasta el día siguiente del consentimiento de la buena pro.

La Ley de sustitución de garantía permitirá a muchas empresas suscribir los contratos de adjudicación y además mediante retención en cada pago de valorización mensual durante el plazo total de ejecución, una mayor disposición de dinero para el cumplimiento del cronograma de ejecución, a diferencia del Decreto legislativo N° 1553 del 10 de mayo del 2023, que estableció la retención en la primera mitad del total de pagos a realizarse.

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